Lucía Alonso González, Paralegal y Criminologa de https://www.societejuridique.com/

Contexto de los hechos y exigencia de responsabilidades en los dispositivos de seguridad deportiva

El pasado 13 de febrero de 2026, en las inmediaciones del estadio Metropolitano de Madrid, se produjo un grave incidente durante el dispositivo de seguridad previo al encuentro de Copa del Rey entre el Atlético de Madrid y el FC Barcelona

GRAVE incidente

Una agente de la Unidad de Caballería de la Policía Nacional resultó herida tras quedar atrapada entre el autobús del equipo local y un grupo de aficionados que encendieron y lanzaron bengalas a escasos centímetros de los caballos policiales.

Según la denuncia del sindicato policial JUPOL, la agente sufrió quemaduras en la pierna, por las que tuvo que ser atendida por el personal del Samur-Protección Civil.

Aunque las heridas fueron catalogadas como leves, el sindicato ha subrayado que la situación pudo haber tenido consecuencias mucho más graves, tanto para la agente como para el animal, que también sufrió quemaduras y llegó a la base cubierto de cenizas.

JUPOL ha puesto de manifiesto que el uniforme de la Unidad de Caballería está confeccionado con tejido elástico tipo malla, un material altamente inflamable, lo que incrementa el riesgo de lesiones graves en situaciones como la vivida.

Reclamaciones y medidas solicitadas por JUPOL

Además, la organización sindical ha exigido una investigación exhaustiva de los hechos, la identificación y sanción de los responsables del lanzamiento de material pirotécnico, así como la revisión inmediata de los protocolos de seguridad en los recibimientos de equipos para evitar que los agentes vuelvan a quedar expuestos a riesgos extremos.

El sindicato ha aprovechado la ocasión para denunciar el elevado nivel de exposición y riesgo que asumen los agentes de la Policía Nacional en los dispositivos de seguridad de partidos de fútbol, especialmente en aquellos considerados de alto riesgo.

Según JUPOL, el uso indiscriminado de material pirotécnico, la presión de grupos ultras y la falta de colaboración efectiva de los organizadores convierten estos operativos en intervenciones potencialmente lesivas, tanto para los agentes como para la ciudadanía.

Por ello, JUPOL reclama al Ministerio del Interior y a la Dirección General de la Policía que actúen de forma decidida para que los organizadores de los espectáculos futbolísticos asuman los costes de los dispositivos de seguridad, incluyendo la compensación económica a los agentes por el riesgo asumido.

¿Puede considerarse delito de atentado contra la autoridad?

Desde el punto de vista jurídico, el lanzamiento de bengalas que causa lesiones a un agente de la Policía Nacional puede ser calificado como un delito de atentado contra la autoridad.

El artículo 550 del Código Penal establece que serán castigados quienes acometan, agredan o empleen violencia grave contra la autoridad, sus agentes o funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones.

Aunque los agentes de policía no ostentan la condición de autoridad en todos los ámbitos, la legislación penal española les reconoce dicha condición a efectos de protección penal cuando son objeto de ataques en el ejercicio de sus funciones.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha reiterado que el acometimiento o uso de fuerza mediante el lanzamiento de objetos peligrosos, como bengalas, dirigido contra agentes en acto de servicio, constituye un delito de atentado.

Además, si el ataque causa lesiones, puede concurrir también un delito de lesiones, que se sancionaría conjuntamente según la gravedad de los hechos.

En consecuencia, los hechos ocurridos el 13 de febrero de 2026 pueden ser constitutivos de un delito de atentado contra la autoridad, con el agravante de que la víctima es un agente de la Policía Nacional en acto de servicio, lo que implica una mayor protección penal y un incremento de la pena aplicable.