Jimena Chango Chango, Criminologa y Jurista del https://laboratoriopericialforense.com/
En 2025, los procedimientos para obtener la nacionalidad siguen regulados por el Ministerio de Justicia, aunque con trámites más digitales y un proceso cada vez más accesible. La vía más habitual sigue siendo la nacionalidad por residencia, que se concede a quienes han vivido legal y continuamente en España durante un tiempo determinado. En la mayoría de los casos se requieren diez años de residencia legal, pero existen reducciones importantes: cinco años para refugiados reconocidos, dos años para ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí, y un solo año para cónyuges de españoles, hijos o nietos de españoles de origen, y nacidos en territorio español.
Para poder solicitar la nacionalidad, el interesado debe cumplir una serie de requisitos. El primero es demostrar buena conducta cívica, lo que implica no tener antecedentes penales ni policiales, ni en España ni en el país de origen. También se exige un grado suficiente de integración en la sociedad española, que se acredita a través de dos exámenes del Instituto Cervantes: el DELE A2, que evalúa el nivel básico de español, y el CCSE, sobre conocimientos constitucionales y culturales de España. Además, se debe mantener la residencia legal de manera ininterrumpida, sin ausencias prolongadas del país que puedan interrumpir el cómputo de tiempo.
El proceso de solicitud puede hacerse telemáticamente desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia o presencialmente en el Registro Civil correspondiente. Al presentar la solicitud, se debe aportar documentación como el pasaporte completo, la tarjeta de residencia, certificados de nacimiento y antecedentes penales, empadronamiento y los resultados de los exámenes del Instituto Cervantes. Toda la documentación debe estar legalizada, traducida al español y vigente.
Una vez presentada, la administración dispone de un año para resolver el expediente. En caso de que la respuesta sea positiva, el último paso consiste en realizar el acto de juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución española. Este acto suele hacerse en el Registro Civil y, tras completarlo, el solicitante podrá tramitar su DNI y pasaporte españoles, convirtiéndose oficialmente en ciudadano.
La nacionalidad española puede perderse en algunos casos, como al adquirir voluntariamente otra nacionalidad o renunciar a la española, aunque también se puede recuperar si se vuelve a residir legalmente en España y se manifiesta la voluntad de recuperarla ante el Registro Civil. Es importante mantener la documentación y la residencia siempre en regla para evitar contratiempos.